Carta de debida diligencia. Elección de una contraparte: cómo están cambiando los requisitos de diligencia debida "no escritos". Copias de declaraciones de impuestos y estados financieros.

Chercher 17.01.2024
Fertilidad

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Para confirmar la diligencia debida al elegir una contraparte, la inspección requirió una lista de documentos. En la propia organización actualmente auditorías fiscales no se llevan a cabo. ¿Qué documentos serán suficientes para confirmar la suficiencia y razonabilidad de las medidas adoptadas?

Ni en código fiscal, el concepto de “diligencia debida” no está consagrado en ningún otro acto jurídico. El argumento de los inspectores sobre su ausencia puede servir de base para reconocer un beneficio tributario como injustificado en el caso en que el contribuyente sea interdependiente o afiliado a la contraparte, es decir, podría haber conocido la violación por parte de la contraparte. obligaciones tributarias. La legislación tributaria no contiene una lista de documentos que el contribuyente debe solicitar a la contraparte para minimizar los riesgos tributarios. En relación con situaciones específicas, el ejercicio de la debida diligencia y cuidado al concluir transacciones puede confirmarse mediante diversos documentos.

La prudencia y cautela del contribuyente se pueden evidenciar en las medidas que toma para confirmar la integridad de la contraparte, tales como:

Recibo de la contraparte copias del certificado de registro ante la autoridad fiscal ;

Examen el hecho de ingresar información sobre la contraparte en el Registro Unificado Estatal de Personas Jurídicas ;

Obtener una copia de un poder u otro documento que autorice a una persona a firmar documentos en nombre de la contraparte;

Uso de fuentes oficiales de información que caractericen las actividades de la contraparte.

El concepto de diligencia debida no está regulado por la ley, por lo que la lista de acciones y documentos necesarios no puede ser exhaustiva. Los tribunales, al considerar disputas sobre la obtención de un beneficio fiscal injustificado, parten de las circunstancias fácticas de una situación particular y de la suficiencia de las pruebas presentadas por las partes. Es decir, la lista de documentos que confirman el ejercicio de la diligencia debida por parte del contribuyente depende de las circunstancias específicas.

Así, el Servicio de Impuestos Federales recomendó verificar la realidad de las actividades de las personas con quienes se realizan (planean) transacciones. Para ejercer la debida diligencia en la elección de las contrapartes, incluida la verificación de la realidad de sus actividades comerciales, el contribuyente tiene derecho a:

Solicitar a las contrapartes la información necesaria que no esté clasificada como secreto comercial;

Utilice los servicios publicados en el sitio web del Servicio Federal de Impuestos de Rusia ( www.nalog.ru); contactar a las autoridades fiscales en el lugar de registro de las contrapartes sobre las violaciones de la legislación sobre impuestos y tasas identificadas en relación con las más recientes y las sanciones por estas violaciones.

En cuanto a la práctica judicial, en general radica en el hecho de que las consecuencias tributarias en forma de aplicar deducciones del IVA y atribuir los montos pagados a las contrapartes como gastos al calcular el impuesto sobre la renta son legales solo si existen documentos que cumplan con los requisitos de confiabilidad y confirmen la real. transacciones comerciales. Al celebrar un contrato con una contraparte relaciones de derecho civil, el contribuyente debe mostrar tal grado de cuidado y prudencia que le permita contar con el correcto comportamiento de la contraparte en el ámbito de las relaciones jurídicas tributarias, teniendo en cuenta el carácter indirecto del IVA.

En este sentido, los tribunales suelen opinar que, teniendo cuidado al elegir una contraparte, el contribuyente no debe limitarse a verificar la información sobre ella en los recursos de información federales, ya que dicha verificación no confirma la disponibilidad de capacidad de producción, recursos laborales. de las contrapartes y no da motivos para creer que la transacción será realmente ejecutada por la contraparte. El contribuyente debe, en particular, verificar que una persona tiene la autoridad para firmar documentos en nombre de la contraparte y (o) actuar en su nombre. En una de las situaciones controvertidas, el tribunal señaló que el contribuyente que celebra grande en términos de valor de transacción en ausencia de cualquier correspondencia comercial y reuniones personales, sin evaluar la reputación comercial de las contrapartes, si tienen los recursos y la experiencia necesarios, no se puede considerar prudente en la elección adecuada.

Sin embargo, en la práctica judicial también es común un enfoque jurídico diferente, según el cual los límites de la diligencia debida están determinados, entre otras cosas, por la disponibilidad de información que el contribuyente puede obtener sobre sus contrapartes. Al formular esta posición, los tribunales indican que las medidas tomadas por el contribuyente para confirmar la integridad de su contraparte e incluir el uso de fuentes oficiales de información que caractericen las actividades de la contraparte indican su prudencia y precaución al elegir una contraparte. En este sentido, se llama la atención sobre el hecho de que el contribuyente no tiene la autoridad para verificar la exactitud de la información contenida en los recursos de información federales.

Una solicitud de la contraparte de copias de los certificados de registro estatal y de registro fiscal, estatutos, extractos del Registro Estatal Unificado de Personas Jurídicas, documentos que confirmen la autoridad del administrador y un certificado de ausencia de deudas tributarias en la mayoría de los casos es considerada por ante los tribunales como prueba del ejercicio de la debida diligencia y cautela por parte de la parte del contrato a la hora de elegir una contraparte.

Los tribunales señalan, en particular, que la ley no estipula la obligación del contribuyente de verificar la ubicación de sus contrapartes en el lugar de registro y liquidación con el presupuesto. Legislación fiscal no otorga al contribuyente el derecho a implementar, en esencia, medidas de control fiscal y no le impone la obligación, al adquirir bienes (obras, servicios), de verificar si el fundador, gerente y jefe de contabilidad de la contraparte son tales , no le obliga a conocer personalmente a los directores generales de las contrapartes ni a realizar un examen de sus firmas en los documentos.

De los materiales de la práctica judicial que formulan la posición jurídica designada, se desprende claramente que para actuar con cautela y prudencia al elegir una contraparte, los jueces consideran suficiente verificar la información disponible públicamente sobre la contraparte, en particular, según el Registro Unificado del Estado. de Personas Jurídicas. Esta acción le permite garantizar que la contraparte esté registrada como una entidad legal y no esté prevista su exclusión del Registro Estatal Unificado de Personas Jurídicas como una organización inactiva; que el contrato en nombre de la contraparte es celebrado por su director o una persona autorizada por poder; y también asegurarse de que los datos del proveedor (ejecutante, contratista) cumplan con facturas Y documentos primarios sus datos de registro. Analizar las actividades económicas de la contraparte y verificar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, la presencia del número requerido de empleados, la participación del gerente en los órganos ejecutivos de otros entidades legales Desde el punto de vista de este enfoque parece innecesario. Aunque cabe señalar que tomar este tipo de acciones en una situación práctica puede ser aconsejable para minimizar los riesgos fiscales.

Teniendo en cuenta la falta de una lista legalmente aprobada de documentos que puedan confirmar la debida diligencia de la organización y la práctica judicial ambigua, se puede recomendar presentar a la autoridad fiscal aquellos documentos solicitados por ella que estén disponibles en fuentes internas o públicamente disponibles. y no requieren una investigación ni solicitud de documentos individuales a la contraparte. En ausencia de prueba documental de la debida diligencia a la hora de elegir una contraparte, la autoridad fiscal puede intentar incriminar a la organización por recibir un beneficio fiscal injustificado. Sin embargo, tal conclusión no puede extraerse automáticamente.

Así, el Tribunal Constitucional de la Federación de Rusia indicó que la interpretación Artículo 57 La Constitución de la Federación de Rusia, en conexión sistemática con otras disposiciones de la Constitución de la Federación de Rusia, no nos permite concluir que el contribuyente sea responsable de las acciones de todas las organizaciones que participan en el proceso de múltiples etapas de pago y transferencia de impuestos a el presupuesto del estado. Las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley no pueden interpretar el concepto de “contribuyentes de buena fe” en el sentido de que impone obligaciones adicionales no previstas por la ley. En el ámbito de las relaciones tributarias existe una presunción de buena fe de los contribuyentes.

Los abogados de LLC "Successful Start" señalan que La carga de demostrar que el contribuyente recibió un beneficio fiscal injustificado recae en las autoridades fiscales.

El Servicio Federal de Impuestos de Rusia reconoció que el hecho de que la contraparte del contribuyente haya violado sus obligaciones fiscales no constituye en sí mismo prueba de que el contribuyente haya recibido un beneficio fiscal injustificado. Un beneficio fiscal puede reconocerse como injustificado si la autoridad tributaria demuestra que el contribuyente actuó sin la debida diligencia y precaución y debería haber tenido conocimiento de las violaciones cometidas por la contraparte, incluso debido a una relación de interdependencia con el contribuyente. Pero si el contribuyente confirma el hecho de la transacción, la autoridad fiscal debe presentar reclamaciones contra su contraparte.

Hablemos de debida diligencia. Demostrar, comprobar y sólo entonces confiar... Sucede que los documentos constitutivos por sí solos son suficientes para declarar: "Estoy convencido de la normalidad de mi contraparte, y luego... No estoy en absoluto interesado en su vida". Y a veces no basta con un expediente impresionante con correspondencia comercial, declaraciones de impuestos y revisiones.

Y no es necesario incluir a los "más inteligentes": no funcionará. Esto se aplica a los empresarios que siguen hablando de la falta de una definición clara e inteligible a nivel legislativo y instrucciones paso a paso para controlar a la contraparte... Parecen tener razón, pero esos impulsos son inútiles: después de una pelea no agitan los puños. Si no ha evaluado la reputación de la contraparte con una escala de precaución que convenga a los inspectores, prepárese para pagar por "negligencia". Por ejemplo, en la Sentencia del Tribunal Supremo de la Federación de Rusia No. 304-KG17-20134 de 15 de enero de 2018, el tribunal rechazó el argumento de otro contribuyente, quien indicó que “La legislación tributaria no contiene el concepto de debida diligencia y no explica qué acciones del contribuyente pueden indicar su manifestación”.

No hay que apostar por la realidad y las deficiencias de los funcionarios fiscales: “Bueno, no fui cauteloso... ¿Y qué pasa con esto? La contraparte cumplió con sus obligaciones. No niegas la realidad, ¿verdad? Aquí están los bienes, aquí están los documentos. Además, el tiempo se estaba acabando”. Por ejemplo, en la Resolución de la AS del Distrito de los Urales No. F09-7982/17 de 19 de febrero de 2018 en el expediente No. A76-31648/2016, la inspección no refutó la realidad del uso posterior de la mercancía, pero... la contraparte no contaba con los recursos, el personal, y desobedeció las solicitudes de la inspección. Y la diligencia resultó ser inoportuna, cuestionable e inapropiada... Dado que la transacción fue significativa (el costo de los activos fijos fue de más de 10 millones de rublos), tuve que asegurarme de que la contraparte tuviera recursos materiales.

“Por el contrario, en el presente caso, la inspección no refutó el hecho de que la empresa recibió el equipo en disputa, así como el uso de los bienes en disputa por parte del contribuyente en actividades de producción. No hubo evidencia de que este producto fuera suministrado por personas distintas a la contraparte durante las actividades de control fiscal.

Además de las circunstancias anteriores, la inspección acusó a la empresa de no haber actuado con la debida diligencia a la hora de elegir una contraparte controvertida. Esta conclusión los tribunales lo respaldaron con razón”.

No se tomaron precauciones, no se revisó a la contraparte en busca de piojos y pobreza... Y esta es una buena razón para cobrar cargos adicionales a pesar de que la inspección no refutó la realidad. Además, así se indica en la Resolución del Presidium de la Corte Suprema de Arbitraje de 3 de julio de 2012 No. 2341/12 y en la Resolución de las Fuerzas Armadas de la Federación de Rusia No. 305-KG16-10399 de 29 de noviembre de 2016. : “si no se prueba en la solicitud el hecho de la ausencia de realidad de la ejecución de la transacción deducción de impuestos Podrá denegarse el IVA siempre que la autoridad fiscal demuestre que la empresa actuó sin la diligencia debida..."

Creamos comisiones, emitimos regulaciones y verificamos minuciosamente a las contrapartes.

Así, estudiamos las tendencias en materia de debida diligencia, analizamos la práctica judicial y adquirimos experiencia.

Resolución del Juzgado de Distrito Central de 1 de febrero de 2018 en el expediente No. A36-2336/2016.

Además de las copias de los documentos constitutivos, la empresa proporcionó Normas para la selección de contrapartes. Y Cuestionario de verificación de contraparte según sitios web oficiales. Además, la empresa recordó a la inspección la Carta del Ministerio de Finanzas de Rusia de fecha 10 de abril de 2009 No. 03-02-07/1-177, que indica qué medidas pueden indicar la debida diligencia. Por ejemplo, la precaución puede confirmarse mediante actividades como:

    recibo por parte del contribuyente de la contraparte de una copia del certificado de registro ante la autoridad tributaria;

    verificar el hecho de ingresar información sobre la contraparte en el Registro Unificado de Personas Jurídicas del Estado;

    obtener un poder u otro documento que autorice a una persona a firmar documentos en nombre de la contraparte;

    uso de fuentes oficiales de información que caractericen las actividades de la contraparte.

Estas medidas para estudiar las contrapartes fueron aprobadas por el tribunal.

En la Resolución de la AS del Distrito de los Urales No. F09-7701/17 de 12 de enero de 2018 en el expediente No. A60-10028/2017, el contribuyente resultó ser demasiado prudente y abordó con especial cuidado la selección de contrapartes: incluso organizado comisión de competencia que verificaba la capacidad jurídica de las empresas.

Entonces, los empleados primero solicitaron los documentos constitutivos a un candidato adecuado. Por ejemplo, el "culpable" de la disputa, que no gustó a los inspectores, proporcionó el siguiente paquete de documentos:

    Certificado de registro estatal;

    Certificado de registro ante la autoridad fiscal;

    La decisión del fundador de crear una organización;

    Extracto del Registro Unificado de Personas Jurídicas del Estado;

    Extracto de la carta;

    Carta informativa de Rosstat.

Además, se buscó información sobre la contraparte en recursos de información federales disponibles públicamente:

    En el sitio web del Registro Federal Unificado de información legalmente significativa sobre los hechos de las actividades de las personas jurídicas, empresarios individuales y otras entidades económicas (https://fedresurs.ru/)

    en el sitio web servicio federal alguaciles, en la base de datos de procedimientos de ejecución (http://fssprus.ru/iss/ip)

    En el sitio web de la Dirección Principal de Asuntos Migratorios del Ministerio del Interior de Rusia, utilizando el servicio "Comprobación de la lista de pasaportes rusos inválidos" (http://services.fms.gov.ru/info-service.htm? lado = 2000)

    En el archivo de casos de arbitraje (http://kad.arbitr.ru/)

Y solo después de un estudio exhaustivo y la verificación de la información recibida de la contraparte con los datos de los departamentos, se tomó la decisión de cerrar un trato o "decir adiós" a una empresa poco confiable. La contraparte no sólo debe ser económicamente atractiva, sino también cumplir estrictos criterios de “pureza”.

Si una empresa aparecía como sospechosa en fuentes oficiales, por ejemplo, estaba involucrada en disputas legales, no pagaba impuestos o estaba en proceso de liquidación, entonces la comisión hacía un gesto con la mano a la contraparte.

Si el cheque ha confirmado el presente y el pasado impecables de un socio potencial, entonces pueden celebrar un acuerdo con seguridad y ser amigos.

Lo principal es que en el momento de la reunión la contraparte haya pasado por la “selección fiscal natural”. Y lo que hará a continuación, y más aún, controlar la integridad fiscal del socio, la empresa no está obligada a hacerlo. De hecho, al concluir una transacción, el contribuyente no puede prever cómo se comportará la contraparte en el futuro en el desempeño de sus funciones.

Sí, y la comunicación personal posterior no es necesaria en la era de la tecnología moderna... Ni las costumbres comerciales ni las normas del Código Fiscal de la Federación de Rusia obligan al empleado del contribuyente a estar presente personalmente cuando la contraparte firma una factura. El párrafo 2 del artículo 434 del Código Civil de la Federación de Rusia permite la celebración de un acuerdo mediante el intercambio de documentos firmados de forma independiente.

Aplaudimos al contribuyente: este ejercicio claro y consistente de debida diligencia puede usarse para escribir guiones paso a paso y aprender de ellos.

Por cierto, ¿qué otros trucos se pueden proporcionar para una verificación perfecta de las contrapartes?

    Hoja de aprobación del acuerdo. El documento contiene información sobre la contraparte y adjunta un breve resumen de “quién es, qué hace, nombre completo, cargo y contactos del representante, por qué es atractivo”. El contrato es revisado por un abogado y empleados de la empresa responsables de las relaciones con un posible socio. Si todo está bien, se firma la hoja de aprobación y se inician las actividades productivas. Por ejemplo, este método de ejercicio de la diligencia ayudó al contribuyente Resolución del Tribunal Arbitral del Distrito de los Urales de 26 de mayo de 2017. No. F09-2274/17 en el expediente No. A50-16250/2016.

    Que describirá cómo verificar una contraparte, qué datos utilizar para evaluar la integridad y quién es responsable de recopilar la información. Ese tipo de instrucciones detalladas.

Olga Nikitina, Abogado y asesor fiscal de Turov and Partners:

Muy a menudo, nuestros clientes se oponen al ejercicio de la debida diligencia, justificándolo por la falta de tiempo, la toma inmediata de decisiones sobre una transacción por miedo a perderse una oferta rentable.

De acuerdo a Recomendaciones metodológicas para que los órganos territoriales fiscales y de investigación del Comité de Investigación de la Federación de Rusia establezcan, durante las auditorías fiscales y procesales, circunstancias que indiquen la intención en las acciones de los funcionarios contribuyentes encaminadas al impago de impuestos (tasas), acordadas con el Comité de Investigación de la Federación de Rusia, que se dan en Carta del Servicio Federal de Impuestos de Rusia de 13 de julio de 2017 No. ED-4-2/13650@, a los empleados y directivos de la organización se les deben formular, entre otras cosas, las siguientes preguntas:

    ¿Existen personas o departamentos en la organización que sean responsables de elegir una contraparte en particular? Por favor indíquelos.

    ¿Qué acciones tomó para establecer la reputación comercial de la organización contraparte?

    ¿Qué preguntas hace durante una reunión, qué documentos revisa?

    ¿Tiene la organización algún documento que regule el flujo de documentos?

    ¿Se ha topado con proveedores de bienes (obras, servicios) sin escrúpulos? ¿Qué medidas tomó en tales casos?

Para que estos problemas no se conviertan en una sorpresa desagradable para usted y sus empleados, insistimos firmemente en la introducción de un procedimiento de diligencia debida en la organización, que protegerá no solo de las reclamaciones de las autoridades fiscales, sino que también reducirá los riesgos comerciales.

Lo primero a lo que debe prestar atención al consultar a una contraparte es a la información de fuentes disponibles públicamente. El principal recurso de este tipo es el Registro Estatal de Personas Jurídicas.

Desde él se puede obtener información sobre el registro de una persona jurídica, su ubicación, sucursales, reorganización, liquidación, fundadores, administradores e información de contacto de la empresa. Lo principal es averiguar si la empresa ha dejado de existir en el momento de la transacción. Obtener un extracto del Registro Unificado de Personas Jurídicas del Estado es el argumento más importante a favor de la precaución. Pero lejos de ser el único.

Los tribunales coinciden en que un extracto por sí solo no es suficiente para verificar la contraparte. Según los jueces, la presencia de un extracto del Registro Estatal Unificado de Personas Jurídicas en relación con una persona jurídica confirma únicamente el hecho de su registro estatal. Esta circunstancia no puede ser automáticamente una confirmación suficiente de la debida diligencia y cuidado del pagador.

El hecho es que al registrar una entidad jurídica, la autoridad fiscal no puede verificar la exactitud de la información contenida en los documentos presentados para el registro. Un extracto del Registro Estatal Unificado de Personas Jurídicas no confirma la integridad de las contrapartes en el campo de las relaciones fiscales (resoluciones de la Administración Fiscal del Distrito de Moscú de 07.07.16 No. A40-127951/2015 Y de fecha 26/03/15 No. A40-189114/13).

Sería bueno comprobar si las autoridades fiscales, los alguaciles y otras empresas tienen algún derecho contra la contraparte. Esto se puede hacer utilizando el sitio web del Servicio Federal de Impuestos de Rusia, el sitio web oficial del tribunal de arbitraje y el Servicio Federal de Alguaciles.

Con estos recursos, puede asegurarse de que en la fecha de celebración de los acuerdos las contrapartes no tuvieran deudas por impuestos y tasas y presentaran informes contables y fiscales. Puede estar seguro de que no hubo procesos judiciales con su participación ni procedimientos de ejecución contra las contrapartes en disputa. Esto puede ser suficiente para comprobar la reputación comercial de la contraparte ( Resolución de la CA del Distrito del Cáucaso Norte de 10 de junio de 2016 No. A32-31419/2015).

Un plus adicional a favor del contribuyente es la recepción de información de las propias contrapartes. Se les exigirá obtener copias de los documentos constitutivos y registrales, documentos que acrediten la identidad de sus directores. Extractos de impuestos y estados financieros. También se podrán solicitar tarjetas bancarias con muestras de firmas e impresiones de sellos.

Inmediatamente antes de concluir transacciones, será necesario verificar la competencia de aquellas personas autorizadas para firmar la documentación contractual. Para ello, puede solicitar, por ejemplo, copias de poderes u órdenes ( Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito de Moscú de fecha 05/06/13 No. A40-116146/12-115-834). Todos estos documentos son necesarios para verificar la capacidad jurídica de los socios. Teniendo a mano semejante arsenal de documentación, será problemático para las autoridades tributarias referirse a falta de diligencia.

Incluso si las autoridades fiscales aún se niegan a deducir debido a un descuido al elegir una contraparte, los tribunales se pondrán del lado del contribuyente ( Resolución de la Administración del Distrito de Moscú del 1 de julio de 2016 No. A40-71196/2015). Según los jueces, una organización simplemente no tiene motivos para dudar de la deshonestidad de sus contrapartes si todos los documentos financieros y comerciales (contratos, facturas, informes de situación, actas, cuentas) están firmados por los directores generales de las empresas en cuestión.

El ejercicio del cuidado debe limitarse a límites razonables. Pero no desde el punto de vista de las autoridades fiscales. Están tratando de transferir tantas responsabilidades como sea posible a los contribuyentes. Por ejemplo, la responsabilidad de controlar el pago de impuestos por parte de las contrapartes.

Según las autoridades fiscales, el comprador está obligado a reconocer al evasor de impuestos en la fase de comprobación de su reputación empresarial. Al mismo tiempo, afirman que el presupuesto no debería ser responsable de la indiscriminación de los pagadores a la hora de elegir a sus contrapartes. Y si los proveedores no pagaron el IVA al presupuesto, entonces al comprador se le debería negar la deducción. Por falta de fondos para la devolución del IVA.

Los contribuyentes no tienen en cuenta que los contribuyentes no tienen las facultades de las autoridades tributarias. No sólo no están obligados, sino que tampoco tienen derecho a controlar el pago de impuestos por parte de sus contrapartes. Funciones administración tributaria asignados a los inspectores.

El incumplimiento de las obligaciones fiscales por parte del proveedor es la base para aplicarle sanciones específicas. La deshonestidad de las contrapartes no implica automáticamente el reconocimiento de un beneficio fiscal como injustificado. Esto se explica por el hecho de que cada una de las contrapartes es independientemente responsable del cumplimiento de sus deberes y ejerce sus derechos de forma independiente entre sí.

En caso de impago de impuestos por parte de proveedores sin escrúpulos, las autoridades fiscales tienen derecho a decidir sobre la cuestión de obligarlos a cumplir con esta obligación. Los contribuyentes no deben ser responsables de la inacción de los funcionarios fiscales (resoluciones del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito del Volga de 19 de marzo de 2009 No. A55-4283/2008 Y de fecha 22 de junio de 2016 No. A12-26238/2015).

Pero incluso la verificación más escrupulosa de las contrapartes no garantiza que no habrá reclamaciones fiscales. Una contraparte verificada puede transferir documentos falsos a la empresa. Los funcionarios fiscales creen que también es necesario controlarlos.

Los inspectores enfatizan que verificar la autenticidad de la documentación es la etapa más importante para concluir una transacción. Un contribuyente concienzudo no tiene derecho a descuidar dicho control. Y si los documentos resultan ser falsificados, esto indicará claramente una imprudencia (decretos de la AC Moscú de 26 de julio de 2016 No. A40-95285/2015 Y Noroeste de fecha 06/05/16 No. A56-31954/2015 distritos).

Pero incluso si la empresa verificó la autenticidad de los documentos, es posible que los representantes de la contraparte no confirmen posteriormente que participaron en la transacción. Ni siquiera el comprador más prudente puede prever tales consecuencias.

Es por eso que los tribunales no siempre tienen en cuenta tales negativas de las contrapartes. Así, el Presidium del Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación de Rusia en Resolución de 20 de abril de 2010 N° 18162/09 Explicó que la firma de documentos por personas no identificadas no interfiere con las deducciones del IVA. Eso sí, si se prueba la realidad de las transacciones realizadas.

Si se establece esta circunstancia (firma de documentos por una persona no identificada), al contribuyente se le podrá negar el uso de las deducciones sólo en casos excepcionales. Por ejemplo, si supiera sobre la falsificación de documentos. Pero las autoridades fiscales deben demostrarlo.

Otro argumento que puede probar la indiscriminación en la elección de socios es su ausencia de domicilio legal. Al rechazar una deducción, la autoridad tributaria puede hacer referencia al hecho de que las contrapartes no se encuentran en su dirección y las direcciones indicadas en los documentos constitutivos son direcciones de registro masivo. La mayoría de estos argumentos son declarados infundados por los tribunales.

Los tribunales parten del hecho de que la ausencia de una organización en el lugar de registro en el momento de las medidas de control fiscal no prueba que esta organización no estuviera allí durante el período de las transacciones controvertidas.

A su vez, el registro de las personas jurídicas lo llevan a cabo las autoridades fiscales. En consecuencia, son ellos quienes tienen derecho a verificar los documentos presentados para el registro.

El registro de una contraparte con un pasaporte falso tampoco puede ser controlado por el contribuyente, ya que no tiene ningún derecho legal para verificar esta circunstancia. Este hecho está sujeto a constatación durante el proceso de registro del proveedor como persona jurídica y asignación de un NIF ( Resolución del Distrito de Moscú AS del 14 de marzo de 2016 No. A40-69092/12-20-384).

Así, los tribunales valorarán todas las pruebas del caso en su totalidad e interrelación. Y solo un conjunto de documentos recibidos por el pagador de diversas fuentes ayudará a defender el derecho a una deducción en los tribunales. La documentación separada, por ejemplo un extracto del Registro Unificado de Personas Jurídicas del Estado, no podrá confirmar el ejercicio de la diligencia.

La mera celebración de una transacción con una organización que tiene un número de identificación del contribuyente, cuentas bancarias y domicilio legal (esto solo puede indicar su registro) no es base para recibir un beneficio fiscal. Otra cosa es que a las contrapartes se les solicite no sólo los documentos constitutivos, sino también las decisiones sobre el establecimiento, las órdenes para el nombramiento de funcionarios y la información de los organismos estadísticos.

Al momento de seleccionar una contraparte, el solicitante también deberá verificar las credenciales de los representantes de la transacción. Todas las demás acciones que el pagador no está obligado a realizar (control de las obligaciones tributarias y el procedimiento de registro de proveedores) son prerrogativa de las propias autoridades tributarias.

Una de las razones más comunes para denegar las deducciones del IVA y las deducciones de gastos es una contraparte sin escrúpulos. Es tu culpa por no haber hecho la debida diligencia al elegirlo. Por supuesto, siempre debes consultar a tus contrapartes, especialmente si trabajas con empresas pequeñas. En primer lugar, para protegerse de los estafadores, asegúrese de que su pareja sea digna de confianza. Y cada organización controla a las contrapartes a su manera. Pero, ¿qué significa la debida diligencia para los profesionales de impuestos? ¿Cómo comprobar a su contraparte para que, en caso de sus reclamaciones, pueda demostrar que tuvo mucho cuidado?

El artículo tratará sobre la verificación de la organización de contraparte. Sin embargo, muchas de estas recomendaciones también se aplican si su contraparte es un emprendedor.

El Ministerio de Finanzas y el Servicio de Impuestos Federales creen que las medidas que indican debida diligencia y precaución al elegir una contraparte son Cartas del Ministerio de Hacienda de 10/04/2009 No. 03-02-07/1-177, de 06/07/2009 No. 03-02-07/1-340, de 31/12/2008 No. 03-02-07/2-231; Servicio de Impuestos Federales de 11/02/2010 No. 3-7-07/84:

  • obtener una copia del certificado de registro de la contraparte ante la autoridad fiscal;
  • verificar el hecho de ingresar información sobre la contraparte en el Registro Unificado de Personas Jurídicas del Estado;
  • obtener un poder u otro documento que autorice a una persona a firmar documentos en nombre de la contraparte;
  • uso de fuentes oficiales de información que caractericen las actividades de la contraparte.

Sin embargo, en realidad a menudo resulta que el motivo para presentar una reclamación en su contra es no su descuido, sino la deshonestidad de su contraparte. Es decir, si, por ejemplo, su contraparte no presenta informes y no paga impuestos, se presentarán reclamaciones en su contra, independientemente del cuidado con el que lo haya verificado y de los documentos que tenga al respecto. Si no hay reclamaciones contra la contraparte, las autoridades fiscales no examinarán si usted mostró la debida diligencia.

Los tribunales, al considerar tales disputas, toman decisiones tanto a favor de las organizaciones como a favor de las autoridades fiscales. Y no tienen ningún enfoque uniforme para evaluar la diligencia debida.

DE FUENTES AUTÉNTICAS

Jefe del Departamento de Seguridad Fiscal de CJSC AF "Audit-Classic"

“ Por alguna razón, se cree que se puede garantizar la victoria en los tribunales en un caso de recepción de mercancías de una empresa pasajera sólo si se demuestra que la operación controvertida realmente se llevó a cabo. Supuestamente, esta conclusión se desprende de las Resoluciones de la Corte Suprema de Arbitraje Resoluciones del Presidium de la Corte Suprema de Arbitraje de fecha 09/03/2010 No. 15574/09, de fecha 20/04/2010 No. 18162/09. Como resultado, muchos han debilitado seriamente el control sobre las contrapartes al celebrar contratos. Sin embargo, esto está mal. Si la inspección demuestra que el contribuyente actuó sin la debida diligencia, conocía o debería haber conocido la situación “problemática” de la contraparte, se podrán denegar las deducciones del IVA y el reconocimiento de costas. Y numerosas prácticas judiciales lo confirman. Resoluciones del Presidium de la Corte Suprema de Arbitraje de 20 de abril de 2010 No. 18162/09, de 25 de mayo de 2010 No. 15658/09. Por lo tanto, controlar a las contrapartes al momento de celebrar contratos es algo absolutamente necesario para cualquier contribuyente que trabaje en el sistema tributario general y en el sistema tributario simplificado con el objeto "ingresos menos gastos".

Habiendo analizado la opinión de las autoridades reguladoras y la práctica judicial, le ofrecemos las principales áreas de verificación de una contraparte y los métodos para realizarla.

Principales direcciones de verificación de la contraparte.

La mayoría de las veces, se pide a los socios que confirmen su confiabilidad mediante documentos constitutivos, es decir, el estatuto. Al usarlo, puede verificar el nombre de la organización, su ubicación y verificar la autoridad del administrador. E incluso hay tribunales que creen que recibir sólo copias de los documentos constitutivos indica la debida diligencia y Resolución del Servicio Federal Antimonopolio ZSO de 05/03/2010 No. A45-11237/2009; FAS MO de fecha 02/03/2011 No. KA-A41/555-11; PO FAS de 14 de diciembre de 2010 No. A65-8579/2010. Sin embargo, es mejor tener en cuenta la opinión de las autoridades reguladoras y no crearse problemas, porque los tribunales no siempre están del lado de las organizaciones. Por tanto, hay dos cosas principales que comprobar.

Comprobamos si su contraparte es un contribuyente actual

OPCIÓN 1. Consultamos la información del Registro Estatal Unificado de Personas Jurídicas del sitio web del Servicio de Impuestos Federales.

Simplemente ingresa el TIN indicado por la contraparte en el sitio web del Servicio de Impuestos Federales, asegúrate de que su TIN sea real y al momento de celebrar el contrato no haya información sobre la exclusión de la empresa del Registro Unificado de Personas Jurídicas del Estado. En una de sus decisiones, el Tribunal Supremo de Arbitraje de la Federación de Rusia consideró que esta forma de verificación indica el ejercicio de la debida diligencia y Resolución del Presidium de la Corte Suprema de Arbitraje del 09/03/2010 No. 15574/09. Algunos tribunales también decidieron lo mismo Resolución del Servicio Federal Antimonopolio de 1 de noviembre de 2011 No. A65-2843/2011; FAS UO de 11 de agosto de 2011 No. F09-4478/11; FAS CO de 25 de julio de 2011 No. A54-4250/2010С21; FAS MO de fecha 08/02/2011 No. KA-A40/17851-10. Aunque, por ejemplo, FAS VSO cree que esto no es suficiente Resoluciones de la FAS VSO de 18 de agosto de 2010 No. A33-19963/2009, de 24 de agosto de 2010 No. A10-5604/2009.

Puedes consultar el TIN de la contraparte: Sitio web del Servicio de Impuestos Federales→ sección “Servicios electrónicos” → sección “Compruébelo usted mismo y su contraparte”

Por cierto, el Servicio de Impuestos Federales también recomienda utilizar su sitio web oficial para comprobar:

  • si la contraparte es una de las personas jurídicas inactivas respecto de las cuales las autoridades fiscales han decidido excluir inminentemente del Registro Unificado de Personas Jurídicas del Estado;
  • si el director de la contraparte es una persona inhabilitada.

Esta información también le ayudará a demostrar su debida diligencia. Resolución del Servicio Federal Antimonopolio de 28 de julio de 2011 No. A57-13884/2010; MO FAS de fecha 09.09.2010 No. KA-A40/10126-10.

Los resultados de la verificación de una contraparte a través de Internet se presentan mejor en forma de una captura de pantalla (captura de pantalla) de la información recibida. Para hacer esto, presione las teclas Ctrl e Imprimir Pantalla en su teclado al mismo tiempo. Luego abra el programa Paint en los programas estándar de Windows e inserte la imagen en la hoja abierta haciendo clic derecho y seleccionando el comando "Insertar". El archivo resultante debe guardarse en formato *.jpeg usando el comando "Guardar como..." ubicado en la pestaña "Archivo".

OPCIÓN 2. Recibimos un extracto del Registro Unificado Estatal de Personas Jurídicas.

Considerando que proporcionar un extracto es servicio pago, es mejor si la contraparte te lo proporciona. Muchos tribunales consideran que la presencia de un extracto es un ejercicio suficiente de diligencia debida y Resolución del Servicio Federal Antimonopolio de 10 de octubre de 2011 No. A65-28269/2010; FAS DVO de 3 de octubre de 2011 No. F03-4402/2011; MO FAS de 14 de marzo de 2011 No. KA-A40/690-11; FAS NWO de 21 de junio de 2011 No. A05-11486/2010; FAS UO de 18 de junio de 2010 No. Ф09-4486/10-С2. Aunque, nuevamente, hay quienes esto no es suficiente, ya que el hecho de que la contraparte esté inscrita en el Registro Unificado de Personas Jurídicas del Estado no significa que esté realizando negocios reales. Resoluciones del Servicio Federal Antimonopolio de la Región de Moscú de 22 de junio de 2011 No. KA-A40/6036-11, de 22 de febrero de 2011 No. KA-A40/18297-10; FAS UO de 28 de noviembre de 2011 No. F09-6952/11; FAS VSO de 19 de octubre de 2010 No. A19-3822/10.

Para obtener información sobre cómo obtener un extracto del Registro Unificado Estatal de Personas Jurídicas y qué contiene, lea:

OPCIÓN 3. Solicitamos copia del certificado de registro y del certificado de registro ante la autoridad fiscal.

La contraparte podrá proporcionarle copias certificadas de estos documentos, y sin ningún esfuerzo por su parte. Esto también se considerará su debida diligencia. Resolución del Servicio Federal Antimonopolio de 20 de julio de 2010 No. A12-23566/2009; FAS MO de 30 de noviembre de 2010 No. KA-A40/15207-10, de 24 de octubre de 2011 No. A40-138664/10-127-789; FAS NWO de 15 de agosto de 2011 No. A56-36565/2010.

DE FUENTES AUTÉNTICAS

“ No sería superfluo comprobar la conformidad de la información contenida en los documentos presentados con la información real del Registro Estatal Unificado de Personas Jurídicas, disponible en el sitio web del Servicio de Impuestos Federales. Esto es necesario para garantizar que el certificado no esté desactualizado en el momento de la celebración del contrato y sea verdadero. Sucede que se concluye un acuerdo con una persona que ya ha sido liquidada. Además, a menudo hay casos en que contrapartes sin escrúpulos simplemente falsifican copias de los documentos presentados. Además, sobre sitio web de Kommersant KARTOTEKA LLC puede asegurarse en tiempo real de que no se han iniciado procedimientos de liquidación o quiebra contra la empresa contraparte”.

CJSC AF "Auditoría clásica"

Verificamos la autoridad de las personas que firman documentos en nombre de su contraparte.

El Ministerio de Hacienda afirma que, además de comprobar la propia organización de contraparte, también es necesario verificar la identidad de quien actúa en su nombre, así como si tiene las competencias adecuadas. Para muchas organizaciones, esta verificación se ha convertido desde hace mucho tiempo en un hábito. Hay ejemplos de decisiones judiciales en las que el tribunal no se puso del lado del contribuyente porque, entre otras cosas, no comprobó los poderes de la persona que representa los intereses del socio. Resoluciones del Servicio Federal Antimonopolio de 20 de abril de 2011 N° A55-16131/2010, de 25 de agosto de 2011 N° A55-1144/2011, de 7 de julio de 2011 N° A55-37642/2009; FAS ZSO de 20 de julio de 2011 No. A27-13785/2010; FAS MO de 12 de julio de 2011 No. KA-A40/6776-11; FAS VSO del 09/02/2011 No. A19-12564/2010.

Para verificar su autoridad, puede utilizar un extracto del Registro Estatal Unificado de Personas Jurídicas, que contiene información sobre el jefe de la organización y Resolución del Servicio Federal Antimonopolio de la Región de Moscú de 6 de septiembre de 2011 No. KA-A40/9465-11-2. Pero es mejor preguntarle a la contraparte. copias de decisiones y órdenes sobre el nombramiento de un gerente y jefe de contabilidad Resolución del Servicio Federal Antimonopolio de la Comisión Central Electoral de 6 de octubre de 2011 No. A62-6220/2010; PO FAS de 27 de diciembre de 2011 No. A55-3941/2011; FAS UO de 18 de octubre de 2010 No. Ф09-8555/10-С3; FAS NWO de fecha 01/03/2011 No. A13-6636/2009; FAS Región del Cáucaso Norte de 10 de noviembre de 2011 No. A32-30018/2010; FAS MO de 13 de octubre de 2011 No. A40-102956/10-4-530. Si los documentos están firmados en nombre de la contraparte por un representante autorizado, pregúntele Poder legal Resolución del Servicio Federal Antimonopolio de 29 de julio de 2010 No. A65-23705/2009.

Por cierto, no olvide comprobar los datos del representante indicados en los documentos presentados con su pasaporte. Y es aún mejor si la contraparte acepta proporcionarle una fotocopia del mismo (no puede exigir dicha copia; contiene datos personales que solo se pueden utilizar con el consentimiento del propietario). Artículos 3, 6 de la Ley de 27 de julio de 2006 No. 152-FZ). Esto puede servir como prueba adicional de su diligencia y ; Resolución del Servicio Federal Antimonopolio del Distrito Noroeste de 22 de noviembre de 2010 No. A56-91778/2009; PO FAS de 13 de mayo de 2011 No. A55-16741/2010; FAS MO de 28 de septiembre de 2011 No. A40-1550/11-20-8, de 10 de octubre de 2011 No. A40-124553/10-4-722, de 6 de septiembre de 2011 No. KA-A40/9465-11 -2.

CONCLUSIÓN

Teniendo en cuenta la práctica judicial contradictoria y la opinión de las autoridades reguladoras, lo más seguro es tener todos los documentos anteriores: copias de los documentos constitutivos, certificados de registro y registro estatal, documentos que confirmen la autoridad de las personas que firman el documento principal, un extracto del Registro Estatal Unificado de Personas Jurídicas, una impresión de Internet: páginas del sitio web del Servicio de Impuestos Federales con datos sobre la contraparte.

Algunas empresas, además de los documentos anteriores, solicitan otra información. Veamos si esto tiene sentido.

Licencias

Si el trabajo (servicios) que le proporciona la contraparte tiene licencia o si compra algún producto cuya venta es imposible sin una licencia, sería útil obtener una copia de la licencia de la contraparte. Debe verificar la capacidad real de la contraparte para cumplir los términos del acuerdo. En algunos casos, la falta de una licencia de una contraparte puede ser la gota que colma el vaso de la justicia en su contra. Resoluciones de la FAS VSO de 25 de marzo de 2010 No. A19-15776/09, de 8 de octubre de 2009 No. A33-17712/08; FAS ZSO de 24 de noviembre de 2008 No. F04-7182/2008(16313-A27-14); FAS UO de 11 de noviembre de 2010 No. Ф09-9004/10-С2. Además, el Servicio de Impuestos Federales también recomienda tener una copia de la licencia de la contraparte. Carta del Servicio de Impuestos Federales de 11 de febrero de 2010 No. 3-7-07/84.

DE FUENTES AUTÉNTICAS

“ La disponibilidad de una licencia se puede comprobar a través de Internet, en el sitio web de la autoridad competente en materia de licencias. Si para cumplir el contrato su contraparte debe ser miembro de una organización autorreguladora (SRO), también puede verificar la membresía de la contraparte en la SRO a través de Internet, en el sitio web de la SRO”.

CJSC AF "Auditoría clásica"

Copias de declaraciones de impuestos y estados financieros.

Los datos de la declaración son un secreto fiscal y usted no tiene derecho a exigírselos a su contraparte. subp. 13 cláusula 1 art. 21, apartado 1, art. 102 Código Fiscal de la Federación de Rusia. Pero incluso si él se los proporciona, la información reflejada en la declaración no puede indicar la confiabilidad de la contraparte. Lo mismo, por cierto, que los datos contables. Es mejor realizar una solicitud a la oficina de impuestos, en la que deberá indicar:

  • el propósito de la solicitud es obtener información sobre violaciones a la legislación tributaria cometidas por la contraparte;
  • base de la solicitud - cláusula 1 del art. 102 Código Fiscal de la Federación de Rusia, art. 8 de la Ley Federal de 27 de julio de 2006 No. 149-FZ.
Para saber si las autoridades fiscales están obligadas a informarle sobre las infracciones fiscales de sus contrapartes, lea:

Si las autoridades fiscales le responden, esto será una prueba adicional de su diligencia y Resolución del Servicio Federal Antimonopolio de la Región de Moscú de 17 de agosto de 2009 No. KA-A40/7659-09.

Si no hay respuesta, el hecho mismo de la solicitud ya demuestra que tuvo cuidado. Resolución 9 AAS de 12.08.2009 No. 09AP-23342/2009-AK.

Información sobre la cuenta corriente de la contraparte.

La presencia de una cuenta corriente con su contraparte y los pagos no en efectivo indican el paso de controles bancarios internos, tanto iniciales como periódicos, sobre la legitimidad y capacidad jurídica del cliente. Por lo tanto, como creen algunos tribunales, la mera presencia de la cuenta corriente de una contraparte es Resoluciones del Servicio Federal Antimonopolio de la Región de Moscú de fecha 07/02/2011 No. KA-A40/17658-10, de fecha 19/04/2011 No. KA-A40/2826-11; FAS NWO de 29 de julio de 2010 No. A66-12520/2009 o realizar pagos que no sean en efectivo Resoluciones del Servicio Federal Antimonopolio N° A23-6231/09A-13-280-21-11-DSP de 21 de octubre de 2010, N° A68-9235/09 de 13 de diciembre de 2010 hable de su prudencia a la hora de elegir una contraparte.

Información sobre si el gerente incurrió en responsabilidad fiscal o administrativa

El Servicio de Impuestos Federales recomienda solicitarlos a su contraparte. Carta del Servicio de Impuestos Federales de 11 de febrero de 2010 No. 3-7-07/84. Aunque en la práctica tal solicitud puede causar al menos desconcierto entre la contraparte. No se sabe en qué se guió el Servicio de Impuestos Federales al hacer tales recomendaciones, pero si el gerente no rindió cuentas, esto no es en absoluto una garantía de que la empresa actuará de buena fe. Y viceversa, si estuvo involucrado, esto no significa que no se pueda cooperar con la organización. ; FAS Región del Cáucaso Norte de 16 de septiembre de 2011 No. A32-51445/2009. Y algunos también indican que es necesario, además, comprobar la ubicación de la organización y Resolución de la FAS VSO de 16 de junio de 2011 No. A19-19805/10; FAS NWO de fecha 15 de agosto de 2011 No. A05-12704/2010.

AVISO AL GERENTE

Para los proveedores pequeños y poco conocidos, es necesario redactar un pequeño expediente en la fase precontractual, compuesto por copias del estatuto, certificados de registro, licencias, extractos del Registro Unificado de Personas Jurídicas del Estado. Esto ayudará a evitar problemas fiscales si el proveedor resulta ser un contribuyente sin escrúpulos.

Por cierto, recientemente el Ministerio de Finanzas recomendó, entre otras cosas, estudiar la información Carta del Ministerio de Hacienda de 13 de diciembre de 2011 No. 03-02-07/1-430:

  • sobre la ubicación real de la contraparte;
  • sobre sus áreas de producción (comercio);
  • sobre evidencia obvia de la posibilidad de que la contraparte cumpla efectivamente los términos del contrato, teniendo en cuenta el tiempo requerido para la entrega o producción de bienes, ejecución del trabajo o prestación de servicios.

Aunque ni los tribunales ni los financieros han explicado cómo se puede comprobar esto.

DE FUENTES AUTÉNTICAS

“También se puede comprobar si la contraparte ha aparecido como empresa fantasma en litigios. Esto se puede hacer en cualquier sistema de referencia legal que tenga una base de datos de decisiones de tribunales de arbitraje (por ejemplo, ConsultantPlus). Más recientemente, dicha información comenzó a publicarse en los sitios web de algún Servicio Federal de Impuestos regional (en particular, el Servicio Federal de Impuestos del territorio de Krasnoyarsk)”.

CJSC AF "Auditoría clásica"

Por supuesto, la lista era impresionante. Pero no hay por qué desanimarse. Si coopera con organizaciones grandes y conocidas, es poco probable que tenga problemas. Y cuando se trabaja con empresas pequeñas o desconocidas, especialmente si el monto de la transacción es alto, es mejor adquirir una lista de documentos lo más grande posible.

DE FUENTES AUTÉNTICAS

“ Es recomendable dividir a todas las contrapartes, en función de determinados parámetros (indicadores financieros, estabilidad, etc.) en grupos de riesgo y, en función del grado de riesgo, recopilar el conjunto de documentos más completo o el mínimo. Es mejor establecer el procedimiento para verificar las contrapartes y los criterios para dividirlas en grupos mediante normas internas.

La opción ideal, además de los procedimientos enumerados, es la selección de proveedores mediante licitación. La selección de ofertas puede estar prevista en el reglamento e.”

CJSC AF "Auditoría clásica"

Y recuerda: en el ámbito de las relaciones fiscales existe una presunción de buena fe y Definición del Tribunal Constitucional de 25 de julio de 2001 No. 138-O. Es decir, las autoridades fiscales no tienen derecho a interpretar el concepto de "contribuyentes de buena fe" en el sentido de que le impone responsabilidades adicionales no previstas por la ley. Resolución del Servicio Federal Antimonopolio de la Comisión Central Electoral de 29 de septiembre de 2011 No. A48-4435/2010; FAS MO de 21 de junio de 2011 No. KA-A40/5741-11. Las autoridades fiscales deben demostrar que usted fue negligente al elegir un socio o colaboró ​​intencionalmente con una contraparte sin escrúpulos. cláusula 10 de la Resolución del Pleno de la Corte Suprema de Arbitraje de 12 de octubre de 2006 No. 53.

Por favor aclare las regulaciones para las contrapartes verificadoras. Las autoridades fiscales están cambiando su enfoque ante los beneficios injustificados. ¿Qué documento justificará la elección de la contraparte?

El Servicio Federal de Impuestos exige que las autoridades fiscales controlen más estrictamente cómo una empresa elige a sus contrapartes. Los inspectores comprobarán si los métodos que utiliza al evaluar a sus socios comerciales son suficientes y razonables.

Los expertos en impuestos creen que la empresa no sólo debe comprobar a cada contraparte, sino también elegirla entre otros socios potenciales y justificar por qué es la mejor. Una nueva función en el servicio preparará pruebas para las autoridades fiscales en 2 clics: el servicio encontrará 30 empresas entre las que supuestamente usted eligió. Se puede generar un expediente completo de cualquier proveedor en un minuto. Otorgue acceso al servicio e imprima los resultados del monitoreo en formato Excel.

¿Qué nuevos documentos se deben recopilar para la contraparte para que satisfagan a las autoridades fiscales? ¿Qué debería cambiarse en las normas de verificación de socios? En el artículo encontrará respuestas, ejemplos y consejos de especialistas en impuestos.

Novedades en las inspecciones de contrapartes

Los funcionarios fiscales locales debían verificar cómo encontró y por qué eligió este socio comercial en particular y no otro (). Los inspectores comprobarán:

  • si la elección de una contraparte difiere de las condiciones de facturación comercial o de la práctica establecida por la propia empresa para elegir socios comerciales;
  • ¿Cómo evaluó los términos de la transacción y su atractivo comercial, reputación comercial, solvencia de la contraparte, riesgo de incumplimiento de obligaciones?
  • ¿Tiene la contraparte los recursos y la experiencia necesarios (capacidad de producción, equipo, personal, etc.)?
  • si la empresa realiza transacciones principalmente con contrapartes que no cumplen con sus obligaciones fiscales.

Si no justifica su elección, los inspectores eliminarán los gastos y las deducciones. Así lo confirman las decisiones de los tribunales de arbitraje del Noroeste de 29 de junio de 2015 No. Ф04-10520/2015 y distritos).

OPINIÓN DE EXPERTOS

¿Qué documento se debe utilizar para justificar la elección de la contraparte?

Sergey Tarakanov, Asesor de la Función Pública Estatal de la Federación de Rusia, 2.ª clase: “Es óptimo proporcionar a los inspectores documentos que indiquen definitivamente que las actividades de la contraparte son reales. No existe una lista exacta de dichos documentos. Pero en la práctica, las empresas recopilan información sobre las contrapartes, su reputación comercial, la presencia de un sitio web y su contenido, datos sobre la participación en disputas de arbitraje y la capacidad de cumplir con sus obligaciones.

Las relaciones con contrapartes reales de la empresa suelen estar documentadas y en los contratos se incluyen garantías y condiciones adicionales. En particular, pagos anticipados, seguros, garantías y otras medidas de seguridad."

¿Qué alertará a las autoridades fiscales?

El Servicio de Impuestos Federales nombró señales que alertarán a los inspectores. Las autoridades fiscales dudarán de la realidad de las transacciones con una contraparte si descubren que la empresa carece de:

  • contactos personales con la gerencia o empleados autorizados del proveedor o comprador al discutir los términos del contrato y firmar el acuerdo;
  • copias de documentos que confirmen la autoridad del jefe de la contraparte y certifiquen su identidad;
  • información sobre la ubicación real de la oficina de la contraparte, sus almacenes, sitios de producción o comercio;
  • información sobre la forma en que recibió información sobre la contraparte (sin publicidad en los medios, recomendaciones de los socios, el sitio web de la contraparte, etc.);
  • información sobre la inscripción de la contraparte en el Registro Unificado de Personas Jurídicas del Estado, así como las licencias y permisos que se necesitan para ejecutar la transacción.

Los inspectores comprobarán si existe información sobre otros participantes en el mercado que venden bienes, obras y servicios similares, incluso a precios más bajos. Cuantas más señales encuentren los funcionarios tributarios, mayores serán las posibilidades de que se les exija explicar los motivos de la elección de una contraparte en particular.

¿Qué documentos requerirá la inspección?

  • documentos con los resultados de la búsqueda, seguimiento y selección de contraparte;
  • fuente de información sobre la contraparte (sitio web, materiales publicitarios, propuesta de cooperación, información sobre el trabajo realizado);
  • resultados del seguimiento del mercado de bienes (obras, servicios), estudio y evaluación de posibles contrapartes y correspondencia comercial;
  • justificación documentada para elegir una contraparte específica (el procedimiento de selección y evaluación de riesgos, licitación, etc.).

Los funcionarios tributarios deberán verificar la información no sólo durante una auditoría in situ, sino también durante una auditoría documental, así como durante un análisis previo a la auditoría. Si los inspectores encuentran evidencia de que la empresa recibió un beneficio fiscal injustificado, lo incluirán en el informe de auditoría.

Cómo argumentar el atractivo de una contraparte.

Descubrimos qué argumentos convencen a los jueces de una elección razonable de contraparte. Pueden utilizarse en un expediente sobre una contraparte para confirmar la elección acertada de un socio en particular. Estos son, en particular:

  • posibilidad de suministrar bienes en pequeñas cantidades ();
  • aplazamiento o plan de cuotas para el pago de bienes, crédito comercial (resoluciones de tribunales y distritos de arbitraje);
  • alto nivel de rentabilidad de la contraparte y crecimiento significativo de los activos ();
  • entrega de mercancías por parte del vendedor al almacén de la empresa ();
  • la posibilidad, según los términos del contrato, de volver a imponer multas a la contraparte ();
  • producción o comercio de bienes únicos ().

Por el contrario, es peligroso citar condiciones que difieran significativamente de las ofertas de proveedores similares. Cuando se trata, por ejemplo, del coste de un producto, debe corresponder al precio de mercado o desviarse ligeramente de él ()

Qué actualizar en su normativa de inspección

Tenga en cuenta los nuevos requisitos del Servicio de Impuestos Federales en la normativa sobre verificación de contrapartes que se aplica a la empresa. Especifique en detalle las responsabilidades del departamento de marketing en la verificación de contratistas y el procedimiento para su interacción con otros departamentos de la empresa.

Especificar en el reglamento con qué frecuencia y en qué forma marketing emitirá los informes. Especifique los motivos para preparar el informe y el momento de su distribución a sus colegas.

Cómo crear un expediente para un socio

Para resumir los datos sobre la verificación de la contraparte, es más conveniente mantener un expediente para cada socio. Esto también reducirá la cantidad de documentos que deberán presentarse a solicitud de los inspectores.

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